Internacional

¿Quo Vadis Europa?: Hacia un espacio electoral europeo

19 Dic, 2013 -

Hace algunas semanas la biblioteca del Parlamento Europeo publicaba una sugerente infografía con las diferencias en los sistemas electorales de cada país para las elecciones europeas. La gran mayoría de países votará el 25 de mayo, pero algunos a partir del 22. En España habrá una circunscripción única, pero en Francia, Italia, Polonia, el Reino Unido, Irlanda y Bélgica se organizarán circunscripciones regionales. En Alemania o España el sistema de elección es mediante listas cerradas, sin embargo, en Italia o Polonia hay listas abiertas – y en Irlanda se decantan por el sistema de voto único transferible.

¿Son estas diferencias fruto de las especificidades nacionales? ¿Ha habido algún intento de crear una ley electoral europea uniforme a lo largo de los años? Teniendo en cuenta la naturaleza política que adquirirá, por primera vez, el Parlamento Europeo en la próxima legislatura el ‘cómo’ (cómo se vota) cobra una nueva implicación.

 1. Antecedentes históricos

La idea de un sistema electoral europeo uniforme es tan viejo como la propia Unión Europea. El Tratado que instituía la Comunidad Económica Europea en 1957, en su artículo 138, consideraba que la Asamblea Común (antecesor del Parlamento Europeo) debía ser elegida mediante sufragio universal directo y con un procedimiento uniforme en todos los Estados Miembro.

Partiendo de esa base legal, los primeros eurodiputados pusieron sobre la mesa diferentes propuestas. En 1961 (con el informe ‘Dehousse’), en 1963, en 1969… Hasta que en 1975 la propuesta de un eurodiputado holandés, Schelto Patijn, fue aceptada por el Consejo. El texto (de unas cuatro páginas) proponía elaborar un sistema electoral europeo en dos partes. Para las elecciones de 1979, las primeras que se celebrarían con sufragio universal directo a nivel continental, cada país mantendría sus reglas nacionales. Acto seguido, los Estados Miembro deberían ponerse de acuerdo y uniformizar sus sistemas para los sucesivos comicios.

Los Estados fueron sin embargo incapaces de acometer esa segunda etapa. Los informes del Parlamento volvieron a sucederse, con variopintas propuestas para lograr la malograda promesa de sistema único. El informe Seitlinger de 1983, el informe de Gucht en 1993… (textos que ofrecen pistas comparativas para la investigación de los versados en sistemas electorales). Teniendo en cuenta el estrepitoso fracaso a lo largo de los años, se optó incluso por rebajar en los Tratados el principio de uniformidad, hasta dejarlo en el deseo de adoptar al menos unos ‘principios comunes’ (plasmado en el 3, 4) a) de la página 50 del Tratado de Ámsterdam de 1997)¹.

 Tuvieron que pasar 47 años para que, en 2002, los Estados Miembro llegarán a un acuerdo de mínimos, basado en el informe del eurodiputado griego Anastassopoulos. El Consejo adoptó las tres líneas comunes que forman hoy el entramado embrionario del sistema electoral europeo:

  • Principio de la proporcionalidad en todos los países
  • Incompatibilidad entre ser eurodiputado y diputado nacional
  • Derecho para cada ciudadano europeo de votar y presentarse como candidato en el país europeo en el que resida. Un derecho que está recogido en la Carta de los Derechos Fundamentales, en su artículo 39.

 2. Jaula de grillos

A parte de esa proporcionalidad y la ‘residencialización’ del voto, la ley deja libertad absoluta a los Estados Miembro para organizar las demás reglas de índole electoral. Empezando por el propio concepto de residencia, ya que no existe una definición compartida entre los Estados de lo que significa ser ‘residente’.

Las reglas para el voto desde el extranjero también cambian. Bélgica, Dinamarca, Grecia, Italia o Portugal sólo dejan votar a aquellos ciudadanos que se encuentran en otro Estado Miembro. En cambio España, Francia, Austria, Finlandia, Holanda o Suecia permiten el voto desde cualquier país.

Otras reglas en las que los Estados Miembro aplican sus propias normas: la obligatoriedad del voto (en Bélgica, Chipre, Grecia y Luxemburgo), la edad mínima para ser candidato (en Grecia, Chipre o Italia hay que tener 25 años), el tipo de listas (abiertas, semi-abiertas, voto único transferible como en Irlanda…), el organismo que valida los resultados (en Dinamarca, Alemania y Luxemburgo el Parlamento Nacional es el encargado, aunque en Austria, Bélgica, República Checa, Estonia, Finlandia, Italia, Irlanda y Reino Unido las cortes son las responsables de validación, en España es la junta electoral central, y en Francia el Consejo de Estado), el sistema de substitución si el puesto de eurodiputado queda vacante a mitad de mandato (Austria, Dinamarca, Finlandia, Francia, Croacia, Italia, Luxemburgo, Holanda y Portugal otorgan el puesto al primer candidato que no consiguió ser elegido en la misma lista política, sin embargo en Bélgica, Irlanda, Alemania y Suecia, las vacantes son atribuidas a los substitutos del eurodiputado. En el Reino Unido se organizan elecciones parciales. Las temidas by-elections).

(1): posibilidad de marcar preferencias entre los candidatos de una misma lista (la posibilidad de marcar preferencias entre diferentes listas solo se aplica en Malta, Irlanda e Irlanda del Norte).

3. Dos diferencias clave

Entre todas estas diferencias, hay dos que tal vez sobresalen por sus implicaciones más políticas: el sistema de circunscripciones y la diferencia de un par de días en las fechas de las elecciones.

La legislación europea, al dejar en manos de los Estados la decisión de fijar las unidades territoriales electorales, delega uno de los factores más decisivos de cualquier sistema democrático. Francia, Reino Unido, Italia, Polonia, Irlanda y Bélgica tienen varias circunscripciones europeas. Los motivos responden tanto a especificidades de la estructura territorial del país (como podría ser el caso de Bélgica), como por motivos más ideológicos (como el caso de Francia, un país centralizado pero que regionalizó las elecciones europeas durante el famoso ‘Acte II de la décentrallisation’ bajo la batuta de Raffarin).

La lógica de la proporcionalidad justificaría a priori la creación de circunscripciones en función del número de habitantes de cada país, buscando una cierta homogeneización del ratio de habitantes representados por cada eurodiputado (algo que como muestra el gráfico anterior solo se logra muy parcialmente). Sin embargo, en la actualidad, las diferencias en las demarcaciones electorales y la naturaleza política del acuerdo que atribuye los asientos en el Parlamento Europeo han creado una proporcionalidad más de jure que de facto.

En un momento clave del parlamentarismo europeo, y con la apuesta por politizar de manera definitiva la Eurocámara, la cuestión de las circunscripciones electorales será uno de los desafíos de la próxima legislatura. Después de 50 años de inacción por parte de los Estados, el Parlamento Europeo sigue intentándolo, proponiendo reformas atrevidas, como la última que presentó el rapporteur inglés Andrew Duff en 2011. Una propuesta particularmente avanzada que ha quedado aparcada hasta nuevo aviso.

El segundo elemento substancial que puede llegar a ser decisivo en las próximas elecciones es la fecha escogida para los comicios. En casi todos los países la tradición es celebrar elecciones el domingo –que cae en 25 de mayo -, pero la tradición inglesa de celebrarlos en jueves hace que el Reino Unido será el primer país en elegir a sus eurodiputados. El 22 de mayo los británicos habrán votado.

El país más euroescéptico, el que debe parir una de las victorias populistas más temidas en Europa, será el primero. En una campaña que por primera vez verá enfrentarse opciones ideológicas claramente enmarcadas, la pregunta de si el Reino Unido conseguirá mantener los resultados secretos hasta el domingo puede ser fundamental. ¿Qué impacto puede tener una victoria ‘aplastante’ del UKIP para los que no hayan votado todavía? ¿Y viceversa?

4. ¿Quo Vadis?

El Consejo ha renunciado durante 47 años a legislar sobre la uniformidad del sistema electoral europeo. Tardó más de 20 en garantizar la obligación en los Tratados originarios de elegir, por sufragio directo, a los representantes europeos. Hoy ya no es posible la indiferencia. La naturaleza del Parlamento Europeo ha cambiado de forma determinante con el Tratado de Lisboa. La creencia de que se estará votando para un Parlamento de segundo orden no corresponderá con los poderes reales de la Cámara. Las implicaciones políticas para los ciudadanos serán una realidad palpable.

El ‘cómo’ votamos pasará a jugar un papel determinante, al mismo nivel que el ‘qué’. La ciencia política debe cuestionarse hasta qué punto, en este nuevo marco, el sistema electoral europeo garantiza los mínimos democráticos exigibles en la Europa que se gesta.

_________________________________

¹: En la actualidad, los tres artículos en los Tratados que plasman los acuerdos en vigor, son el 20, 22 y 223 del TFEU (tal y como aparecen en la versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a fecha de 2013).

²: Official Journal of the European Union, 2013/312/EU: European Council Decision of 28 June 2013 establishing the composition of the European Parliament, 28 June 2013

³:  Elaboración propia, utilizando los datos de población publicados por Eurostat, en enero 2012. 


4 comentarios

  1. Carlos Jerez dice:

    Hola Dídac, gracias por el post y sobre todo por el estupendo artículo en eldiario.es, muy revelador de como ha cambiado el parlamento europeo e interesante la terna de candidatos. Por cierto, aunque queden meses, ¿hay encuestas?¿que resultados se esperan?¿y posibles coaliciones?.

    Por último, me gustaría saber cuanto poder tendrá el ejecutivo, si no te importa explicarnoslo.

    Saludos.

    • Dídac G. dice:

      Gracias a tí Carlos, estupendo.
      ¿Vendrás esta noche para discutir? Habrá un poco de todo: nuevos poderes (ejecutivo incluido), proyecciones, percepción, candidatos.
      Sobre lo de las competencias en particular, estoy metido en ello, algo tengo previsto ¿Vamos hablando?
      Saludos

      • Carlos Jerez dice:

        Perdona el retraso, lo de pasarme por Madrid lo veo difícil. Estoy en Londres y la Navidad la pasé en un pueblo cercano, pero esperando próximos posts con ganas, y si habéis hecho un video no dudéis en colgarlo.

        Esto para mi es como mirar el futuro, ya que a largo plazo soy un eurooptimista, es decir algo parecido a los EEUU de Europa tendremos, porque aunque torpemente no se dejan de dar pasos hacia ello.

  2. juan dice:

    Veo muy sesgada la frase «el que debe parir una de las victorias populistas más temidas en Europa, será el primero».
    Primero, los partidos nuevos que cuestionan el tracidional modelo de 2 partidos que son 2 caras de la misma moneda en cuestiones clave son llamados despectivamente populistas.
    Segundo, la victoria de partidos alternativos que cuestionan el chollo de europolíticos y eurofuncionarios no es temida por «Europa» (digase de un continente con n países, no todos pertenecientes a la UE) sino por aquellos a los que ven en esa victoria una posibilidad de que les cierren el pesebre y se les acabe el chollo.

Comments are closed.