Derecho

La misión constitucional de las Fuerzas Armadas

26 Sep, 2012 -

Quizá para cualquier persona mínimamente informada parezca una obviedad decirlo, pero lo cierto es que algunos colectivos de militares parecen no tenerlo claro. Así que lo mejor es afirmarlo desde el principio de manera rotunda: las Fuerzas Armadas no pueden por sí mismas decidir cuándo procede actuar en defensa de la integridad territorial del Estado y del ordenamiento constitucional.

El artículo 8.1 de la Constitución dispone que «las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional». Esto significa, básicamente, que las Fuerzas Armadas podrían intervenir para frenar una intentona secesionista. No obstante, cuando esta posibilidad se comenta en el discurso público existe cierta ambigüedad acerca de la posibilidad de que esa función constitucional del Ejército pueda ser ejercida al margen de la postura del poder civil, es decir, del Gobierno.

En cierto modo, esta imprecisión parece ser explotada por ciertos sectores de las propias Fuerzas Armadas, que ven en ese artículo constitucional una especie de cláusula de cierre al sistema político; una suerte de equivalente militar al artículo 155 de la Constitución, con el que los militares podrían presionar a los poderes políticos, aun sabiendo que su aplicación última es impensable. El caso del Teniente General Mena, en 2006, es una buena muestra de ello: ambigüedad calculada sobre la intervención del Ejército en caso de grave vulneración de la Constitución, sin dejar claro si se intervendría sin contar con (o en contra de) el Gobierno de la Nación.

Sin embargo, conviene dejar claro que no es posible una intervención autónoma de las Fuerzas Armadas. Y no lo es por dos motivos. Primero, la Constitución ya establece un árbitro último para decidir sobre los conflictos constitucionales que se puedan plantear: el Tribunal Constitucional. Y segundo, el artículo 97 de la Constitución deja claro que es el Gobierno el que “dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado”. La Fuerzas Armadas están completamente sometidas a éste a no ser, claro, que una orden sea manifiestamente ilegal (piénsese, por ejemplo, en una orden que prescribiese reprimir una manifestación civil disparando a matar).

Si una región española declarase unilateralmente la independencia, es labor del Gobierno de la Nación (y no de las Fuerzas Armadas) decidir qué clase de acción debe emplearse en defensa del Estado y del orden constitucional. En este sentido, sería perfectamente entendible que, ante una secesión pacífica, el Ejecutivo central prefiriese abstenerse de acciones militares, que probablemente comprometerían la posición española en la Unión Europea, deslegitimarían cualquier intento de reanexión de la región díscola, serían previsiblemente condenadas por la comunidad internacional, y pondrían en grave peligro la estabilidad política, social y económica del Estado.

Una actuación militar sería en sí misma una amenaza grave para el propio orden constitucional, incluso aunque se ejecutase en defensa de la integridad territorial de España. No es, por tanto, labor del Ejército ponderar los intereses en juego para tomar una decisión por sí mismo. Esa función corresponde constitucionalmente al Gobierno, que deberá valorar cuál es la respuesta más acorde con el mantenimiento y el restablecimiento de la normalidad constitucional.

Alguien podría preguntarse legítimamente ¿para qué vale entonces el artículo 8.1 de la Constitución? Y la respuesta a esa cuestión es más sencilla de lo que parece. El artículo 8.1 de la Constitución define para qué pueden usarse las Fuerzas Armadas. Explica su función, su misión constitucional. No nos dice que los militares puedan tomar decisiones sin contar con el poder político, sino que delimita para qué sirve el Ejército en un Estado democrático de Derecho como el nuestro.

Personalmente intuyo que ni el Teniente General Mena ni nadie que llegue hoy por hoy a un rango de oficial en España cree realmente que el artículo 8.1 de la Constitución otorgue ese poder último de decisión constitucional al Ejército. Creo que, en realidad, esa ambigüedad calculada con la que algunos militares hacen declaraciones públicas no es más que la forma en que algunos sectores de una institución históricamente poderosa tratan de mantener –muy a duras penas– una cierta capacidad de influencia en el proceso político. Es una actitud que podemos considerar como una versión del juego del gallina y que hemos visto recientemente en otros contextos.

Conviene tener presente que cuando esta clase de desafíos se usan de manera tan abierta, en vez de subrepticiamente, estamos probablemente más ante una prueba de debilidad institucional que ante una auténtica amenaza.


39 comentarios

  1. juan dice:

    Es que esa amenaza la usan solo para el tema de la secesión de territorios, ¿por qué no ante las cesiones de soberanía ante el la UE (4º Reich) o para garantizar el derecho a la vivienda digna?
    Sin olvidar que su intento de mantener vírgenes, patronas y curas en las fuerzas armadas que choca con lo que uno entendería con la aconfesionalidad del estado, y que por tanto ellos mismos ya están saltándose el orden constitucional.

  2. Juan de Juan dice:

    Creo que la noticia de la AME, que enlazas en este comentario, está sobrevalorada. La AME es la mutación de una hermandad de militares en situación distinta de la de activo que ya existía con anterioridad. Es cierto que en sus estatutos dice que cualquier militar en activo puede formar parte de ella; pero, básicamente, eso es como si yo meto un artículo en los estatutos de mi comunidad de vecinos nombrando a Sharika portera honoraria.

    Que militares retirados digan que el ejército debería actuar unilateralmente en defensa de la unidad de España tiene el mismo valor que un viejo militante de ETA, pasado por la cárcel, excarcelado y reintegrado en la vida civil, diciendo que si el gobierno no legaliza Bildu ETA debería levantar su tregua unilateral. No es lo mismo esa insinuación en la boca de un señor que el único arma que porta ya es el cuchillo de cocina, que en boca del jefe militar de ETA, un suponer.

    Llama la atención, además, el hecho de que la nota de AME fue inmediatamente contestada por la AUME, que sí que engloba a militares en activo, en el sentido que dibujas tú en este artículo. Pero, claro, good news are not news…

  3. Jorge dice:

    Yo creo que decir que el ejercito le debe lealtad a la constitución por encima de todo no es una amenaza, es precisamente lo que le otorga legitimidad.
    Por otro lado, no creo que reste oportunidades de independizarse a Cataluña, lo único que implica es que para que Cataluña se independice hace falta una nueva constitución.

    La policía hace cumplir la ley y el ejercito la constitución, y las interpretaciones de la ley y la constitución no la hacen los gobiernos sino los jueces. (muy difícil defender lo contrario)
    De eso va, me parece, la separación de poderes y los fundamentos del estado de derecho.

    • M. Alonso Sierra dice:

      Nadie duda que el Ejército le deba lealtad a la Constitución (y al resto del ordenamiento jurídico). Lo que estoy haciendo, precisamente, es negar que la Constitución ampare la toma de decisiones autónomas del Ejército. La Constitución dice expresamente que la defensa del Estado la dirige el Gobierno.

      El segundo párrafo no tiene sentido alguno. Primero, porque la distinción entre la labor de la policía y la labor del Ejército no es esa; de hecho, esta entrada tiene expresamente como objetivo acabar con esa concepción del Ejército como guardián de la Constitución frente al resto de órganos constitucionales. Segundo, porque el Gobierno y la Administración POR SUPUESTO que pueden interpretar la ley y la Constitución, como operadores jurídicos que son.

      • Jorge dice:

        Bueno, algo de sentido sí…
        Está claro que la labor del ejercito NO es defender la constitución del resto de órganos constitucionales, de hecho es una labor que comparten… ¿Y qué pasa cuando no están de acuerdo en como cumplir con esa labor? pues eso, tú y yo también podemos interpretar la constitución, POR SUPUESTO (¡¡y que viva la libertad de expresión!!) pero al parecer es el poder judicial el que decide quien tiene razón ¿no?

  4. Javier dice:

    No, las FAS no son las de hace 35 años, y áctuarán siempre en exquisito cumplimiento de las órdenes que reciban del Gobierno, siempre que éstas respeten la legalidad.

    Más interesante es el tema de qué clase de acciones emplearían el Gobierno y las Cortes (en nuestro sistema de tipo parlamentario, se les supone de acuerdo) «en defensa del Estado y del orden constitucional» en caso de una secesión. Que esta sea pacífica o no dependerá de varios factores, entre ellos de estas mismas acciones.

    Es decir. ¿Se declararía el estado de alarma, excepción o sitio? ¿Se usaría la fuerza? ¿Cómo? ¿Y cuando? Los escenarios pueden ser muy diversos. Un gobierno que pudiera decir «si» a impedir la celebración de referendums que no sean legítimos o detener y juzgar al gobierno autonómico (para lo que basta la policía nacional) quizá diría «no» a revivir un Tiananmen, en el peor de los casos.

    M. alonso desgrana los motivos por los que un Gobierno no querría hacer uso de la fuerza militar en un caso así. Son de peso, aunque no queda muy claro por qué «Una actuación militar sería en sí misma una amenaza grave para el propio orden constitucional». ¿Opina que eso animaría a los militares a un golpe de estado?

    Pero no sólo hay motivos en contra, y el Gobierno que elija efectuar o no estas acciones estará siempre intentando elegir entre dos males el menor.

    La pérdida de buena parte del territorio sí que «comprometería la posición española en la Unión Europea», aunque sólo fuera en el número de europarlamentarios, comisionados etc. «La estabilidad política, social y económica del Estado» sufriría bastante más con una secesión exitosa que con una fracasada.

    Y, lo que es importante para un partido en el Gobierno: Acceder a una secesión significaría una pérdida de popularidad tal que habría que disolverlo y buscar empleo fuera de la política. Un caso parecido a lo que le pasó al partido liberal de UK con la independencia de Irlanda

    • M. Alonso Sierra dice:

      He dado por supuesto que todos aceptamos que una secesión unilateral atenta contra el orden constitucional y afecta a la posición internacional de España, por eso me he limitado a dar motivos por los que el Gobierno (que es quien tiene la potestad de dirigir la defensa del Estado, y no el Ejército) podría no querer hacer uso de la fuerza militar para reprimir la rebelión.

      Evidentemente, la acción militar implica por sí misma un riesgo para orden constitucional. No creí necesario advertirlo, pero lo hago si es necesario: aparte del evidente riesgo de causar una masacre de civiles (oponer militares contra manifestantes sediciosos es una receta explosiva), es muy probable que la vía militar acabase por dar legitimar ante los ojos de la opinión pública a la intentona secesionista y consolidase la ruptura, en una suerte de efecto Streissand independentista.

      Por último, España no perdería automáticamente sus diputados en el Parlamento Europeo ni su poder de voto en el Consejo. Sin embargo, si reprime brutalmente una rebelión, sí que podría ver suspendido su derecho de voto en el Consejo (art. 7 del Tratado de la Uníón Europea), perdiendo toda influencia política en Europa.

    • juan dice:

      Sería estupendo que eso crease una crisis grave en la UE, ese inventillo para meter funcionarios y políticos fracasados con altos sueldos y pensiones de escándalo que exigen recortar las pensiones de la gente corriente.

  5. M. Alonso Sierra dice:

    Varias cosas:

    No es que el Ejército «comparta» la labor de defender el Estado con el Gobierno. Es que esa labor es del Gobierno. Las Fuerzas Armadas son un instrumento del Gobierno para cumplir esa función y están plenamente sometidas a él. Las Fuerzas Armadas no son un órgano constitucional (te lo digo por eso de «el resto de órganos constitucionales», como si las FAS fuesen uno) y no tienen potestad para decidir si están de acuerdo o no con el Gobierno «en cómo cumplir con esa labor».

    Segundo, la interpretación que hacemos tú o yo no tiene el mismo valor que la que tiene el poder ejecutivo cuando aplica la ley. Los tribunales tienen la última palabra, pero en este caso no tiene demasiada relevancia: las FAS no pueden acudir a un juez para demandar al Gobierno por no ordenarles actuar. Dirigir la defensa del Estado es prerrogativa del Gobierno y éste decir el método más oportuno (y, habitualmente, la vía militar es precisamente la menos oportuna, sobre todo si pretender reanexionar una región separatista en la Europa occidental del siglo XXI).

  6. 1cualquiera dice:

    Sólo por meter un poco de ruido. En el post se dice

    » La Fuerzas Armadas están completamente sometidas a éste a no ser, claro, que una orden sea manifiestamente ilegal (piénsese, por ejemplo, en una orden que prescribiese reprimir una manifestación civil disparando a matar).»

    Si una autonomía se independizase unilateralmente y el Gobierno central decidiera no hacer nada, no sería éso una decisión manifiestamente ilegal?

    Evidentemente no defiendo ninguna intervención del Ejército. Es más, creo que el artículo 8.1 se hizo para contentar al Ejército que estaba controlando el proceso constituyente.
    Es más, si hay expertos constitucionalistas en la sala… es cierto que la Constitución española es la única que indica explícitamente que una de las misiones del ejército es garantizar la integridad nacional?

    • M. Alonso Sierra dice:

      Lo he indicado en el post y lo he reiterado en los comentarios: es el Gobierno el que decide cuál es la vía más efectiva de defensa del Estado. Es decir, tiene un amplísimo margen de discrecionalidad para decidir cuál es la vía más efectiva para restablecer la normalidad constitucional. Es más, podría decidir abstenerse de actuar si con la intervención hiciese más difícil la reanexión de la Comunidad separatista, o si pudiesen ponerse en riesgo otros intereses políticos del Estado.

      No se trata de defender que el Gobierno de la Nación no haga nada, sino de decir que es una prerrogativa que la Constitución le otorga a él, no a las FAS.

  7. Antonio J. dice:

    Con todo respeto, si esto va por la AME, a mi entender, sobra

    La AME lo que ha hecho simplemente ha sido recordar que cuándo se proclamó el Estat Catalá en 1934 se respondió y no por iniciativa militar sino gubernamental por cierto, con una declaración del estado de guerra que acarreaba como estaba constitucionalmente previsto el sometimiento a la autoridad militar hasta que se encauzara una gravísima crisis institucional que ponía en peligro la supervivencia de la República y del propio Estado y que se había originado con el levantamiento armado de octubre secundado principalmente en Asturias y Cataluña

    Por tanto nada que ver con los limites de la la catalogación constitucional del papel de las ff.aa en el texto de la CE del 78 (sino a lo más del 31)

    Con escasa buena fe en el peor de los casos o por simple pereza interpretativa (ciertamente inexcusable) concediendo el beneficio de la duda, no pocas veces ocurre que la sola mención por un militar o una asociación militar de un precedente histórico en que se ha recurrido al ejército se juzga siempre en clave cuasi-golpista, lo que no es de recibo, por el sesgo que implica

    Quizá a modo de conjuro de un peligro tan comúnmente admitido cuándo de militares se trata, como ciertamente inexistente ya que no derivaba en este caso ni de las palabras ni del contexto en que se produjeron las declaraciones de marras, se trae a colación una vez más y como es lugar común en estos casos la innecesaria e inoportuna glosa del artículo 8 de la CE actual.

    Lo que ocurre es que si era indiscutible el papel preeminente del gobierno sobre las ff.aa en 2012 bajo el texto de la CE 1978, también lo era en 1934 con la CE del 31, de ahí que quizá lo que de verdad asuste o incluso sea tabú para muchos, me temo, pueda consistir en que ante el problema de articular una respuesta a la eventual declaración de independencia de Cataluña, que se vislumbra cada vez más próxima y cierta, el gobierno de Rajoy pudiera plantearse una salida política y constitucional análoga a la que arbitró el gobierno de la república en 1934 ante la declaración del Estat Catala

    Y ese es el debate que interesa, dónde cómo muy bien se está puntando en algunos comentarios, muy lejos de ser una cuestión de mero automatismo en la respuesta, el margen de discrecionalidad política que puede manejar el gobierno es casi ilimitado.

    • M. Alonso Sierra dice:

      Que el peligro de una actuación autónoma del Ejército es prácticamente inexistente ya lo digo yo al final del post.

      Sin embargo no estoy de acuerdo en que exista un malentendido y que las declaraciones de la AME hayan sido exageradas. Toda la retórica de que las autoridades catalanas pongan a las FAS en la «tesitura» o en la obligación de «cumplir escrupulosa y estrictamente con la misión que la Carta Magna les otorga» es lenguaje en clave. No están diciendo que vayan a actuar sin (o en contra de) el Gobierno, sino que lo dejan abierto a la interpretación. Es un doble lenguaje muy habitual en política que se dirige a explotar determinandas inseguridades del adversario.

      Por otro lado, también traigo a colación el affair Mena, donde era mucho más apreciable que el Teniente General hablaba de actual al margen del Gobierno. Si no, ¿qué sentido tendría que el Consejo de Ministros ordenase una intervención militar frente a un Estatuto de Autonomía aprobado por las Cortes Generales?

  8. carlos riaño dice:

    El post me parece un pequeño despropósito. Agitar por agitar. Puestos a ver quien no cumple la constitución me parece que la Generalitat lleva, en lo que a manifestación de intenciones, claramente la delantera.

    El ejercito, que yo sepa, no ha dicho nada, y, que yo sepa, parece tener bien claro cual es la cadena de mando.

    Decir que: Cuidado que el ejercito no puede actuar si el gobierno no se lo ordena, que hacerlo sería incostitucional……es bastante estrafalario si se acepta que un gobierno regional puede saltarse la misma constitución a la torera, hacer referenda autorizados o no, y / o declarar la independencia/secesión/ de su territorio o, ya puestos la anexión de Andorra.

    Y si se hecha un órdago a la grande ( o a pares ) que ya no se por donde vamos, tampoco hay que sorprenderse de que alguien te insinue que te espera a juego, que lleva 31 y es mano

    • Joshua dice:

      Así se habla Don Carlos: acaba Vd. de justificar la oportunidad del post mejor que ninguno de los comentarios. Justo lo contrario de lo que pretendía, me temo.
      Efectivamente, dado el historial de las FFAA de este país, no hay que sorprenderse de que digan que son «mano» (muy buena la analogía del mus). De hecho, ya han sido mano en bastantes jugadas del pasado. Pero resulta que entramos en la Comunidad Europea (y hasta en la OTAN) con la intención de que no les pudiese llegar «la 31». Parece ser que esas cosas no son muy tenidas en cuenta en los comentarios, excepto por el autor del post y por sus aclaraciones posteriores. Especialmente desafortunado me parece el paralelismo con 1934, teniendo en cuenta lo que llovió y ha llovido desde entonces.
      Y sí, su comentario si que es realmente «agitar por agitar».

      • carlos riaño dice:

        Lo de «mano» iba por el gobierno. Al plan Ibarreche me remito. Yo no menciono el 1934 en ningún caso. 31 es la mejor puntuación para ganar «a juego» en el mus. Si eres mano y tienes 31 ganas seguro. No necesitas al «ejercito». Si se hacen trampas, pues ya estas al humor del otro y de lo que este en juego. –

        • Joshua dice:

          Aclarado. Lo de la 31 (cuyo significado conocía) lo dice el gobierno y no el ejército. Pero comprenderá que comentando como estábamos el comunicado de los exmilitares, me había parecido que los que esperaban a echar el órdago a juego eran las FFAA.
          Efectivamente, la referencia a 1934 no era a Vd. sino a otro comentarista (Antonio J.).

    • Manuel Vazquez dice:

      Lamentablemente es el desproposito de no ver el verdadero juego de CIU en general y Arthu Mas en particular. Lo que la AME solo es ser corto de miras.

      Por un lado la crisis económica, con concierto fiscal o sin él, está destrozando la hacienda catalana y por ende la Generalitat y toda la infraestructura que tienen montada. De ahí que hayan pedido sin despeinarse liquidez al FLA.

      Como esto supone un recorte en competencias ya que el Estado les va a decir en que gastarse los «cuartos» el actual gobierno de Cataluña nada tiene a su favor para negociar mejores condiciones y por ende más autonomía en el gasto. A ello hay que unir que el actual gobierno de CIU está en minoria y además es apoyado por el PP de Cataluña para llevar adelante su programa legislativo que les algo molesto por aquellos de las comas que tiene que mover.

      ¿Qué es lo que hacen? Pues nada crean un conflicto con el Estado. El conflicto más fácil de crear y además el más obvio es el maltrato del Estado a Cataluña via que esta CCAA es excedente en impuestos que otras CCAA dilapidan. Un sucedaneo de Austria y Finlandia con España y Grecia.

      ¿Como lo reconducen para extraer un rédito político? Pues nada alegan el sentimiento independentista catalán para asegurarse que en el momento de crisis tienen al menos una baza que jugar: La independencia de Cataluña.

      ¿Entonces que hace? Pues esto sres. convocan unas elecciones al parlament donde se aseguran una mayoría absoluta, sin que necesiten del PP de Cataluña. Consiguiendo la posición de fuerza que desean para poder seguir negociando con el Estado la financiación que tanto necesitan. Además de las nuevas condiciones para ello.

      ¿Cómo exacerban los ánimos? Amenazando con la convocatoria de una consulta popular, legal (o no) y vinculante (o no). Para forzar al gobierno un mejor trato en la legislación fiscal futura en que Cataluña salga con más fondos y menos requisitos. Las declaraciones de ciertos sectores corporativistas del estado ayudan a su estrategía de modo que alientan el fuego haciendo declaraciones más arriesgadas y temerarias.

      ¿Cual será el resultado? Una campaña política en torno a ver quién son más catalanes, de modo que las respuestas serán más crispadas. Una vez conseguida la mayoría absoluta CIU hará pragmatismo y postergará cualquier decisión soberanista a tiempos mejores. Negociará con el Estado una mejora en su financiación, es probable que tengan su ansiado concierto fiscal. Y aquí no ha pasado nada.

      En todo caso si pasara nos encontrariamos con una respuesta negativa por parte del Constitucional a sus pretensiones. A la detención de los dirigentes del govern por promover actos ilicitos y en su condena a la inhabilitación para ejercer cargo público. Eso de meterlos en la carcel es una chorrada. Y los militares asistirán a todo este espectáculo político con la tranquilidad de saber que los tribunales españoles cuando quieren son rápidos y expeditivos. No creo que a la clase empresarial catalana le interese perder su mercado natural, el resto de España, y además verse completamente aislados politica y economicamente del mundo.

      No podríamos ser una nueva Yugoeslavia por que el centrifugismo de aquel país fué alentado por todos, mientras que a ningún país Occidental le interesa el centrifugismo en España. Es probable que Cataluña al intentar separarse de forma violenta fuera incluso reprimida politica y militarmente con ayuda Europea.

      No sigo divagando y aquí lo dejo.

  9. Antonio J. dice:

    Lo exagerado no son las declaraciones de la AME sino las reacciones ante algo obvio.

    En 1,934 el gobierno y no el ejército consideró que una proclamación de independencia de Cataluña legitimaba la declaración del estado de guerra.

    ¿Quid en 2012?

    Pues algún estado excepcional cabe, máxime cuándo ha bastado un amago de huelga de controladores para que el gobierno se haya considerado legitimado para militarizar los aeropuertos

    Y una declaración de independencia, no sé pero parece a simple vista algo más grave institucionalmente hablando que una declaración de huelga

    Ese es el debate importante.

  10. titus dice:

    Estaba leyendo los comentarios al Art. 8 que aparecen en la web del Congreso y se menciona:
    «En el ámbito interno, esta defensa de la integridad territorial se concibe como el último recurso material para el impedimento de secesiones o fragmentaciones del territorio nacional. Y es que no podemos olvidar que el artículo 2 de la Constitución española expresa que ésta se basa-y con ella todo el sostén del Estado democrático-, «en la indisoluble unidad de la Nación española, Patria común e indivisible de todos los españoles (…)»

    ¿Cómo interpretarías este concepto de «último recurso material»?

  11. M. Alonso Sierra dice:

    Pues lo vinculo con el artículo 155.1 de la Constitución: es el instrumento de último recurso al que puede acudir el Gobierno para sofocar una rebelión.

  12. HPerezTapia dice:

    Estando de acuerdo con el sentido último de tus conclusiones (la autoridad militar no debería poder actuar autónomamente en un caso como este), no obstante creo que entras en una manifiesta contradicción cuando estableces que la autoridad civil sobre la militar no es absoluta (negativa a aceptar orden manifiestamente ilegal) y no aceptas ese mismo argumento para el caso en que se acepte la secesión desde el gobierno.

    Esto es así, dado que esa aceptación de la secesión por el gobierno sería manifiestamente anticonstitucional, de acuerdo a la redacción actual de la Constitución.

    Es decir, si se quiere ser completamente legal (y legalista, si quieres) en este caso, para poder gestionar la secesión de una parte del Estado sería preceptiva una modificación constitucional previa para eliminar el argumento de las FFAA como organismo de actuación autónoma para defender la integridad territorial de España. En caso contrario, sintiéndolo mucho, mi opinión es que una actuación autónoma de las FFAA estaría justificada desde el punto de vista constitucional.

    H

    • M. Alonso Sierra dice:

      Las Fuerzas Armadas pueden desobeceder una orden manifiestamente inconstitucional cuando la orden imponga una acción vetada por la norma fundamental (por ejemplo, matar a civiles).

      Por contra, la Constitución no impone en ningún caso una actuación postiva del Ejército en ningún supuesto, así que una ausencia de orden de actuar no puede ser inconstitucional. La intervención militar es algo que solo puede decidir el Gobierno (de acuerdo con la ley, si es que alguna norma previese algo especial).

      • HPerezTapia dice:

        No estoy de acuerdo. En ese caso el artículo 8.1 quedaría parcialmente vacío de contenido en la parte final.

        1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

        Es decir, si las fuerzas armadas sólo actúan bajo la indicación del gobierno y no pueden actuar sin su orden en ningún caso, este artículo de la CE no tiene razón de ser y su supresión no afectaría nada, lo cual es patentemente absurdo.

        Si el gobierno da una orden ilegal (como sería atacar «la integridad territorial») las FFAA tendrían potestad para actuar contra dicha orden. Es decir, en mi opinión, una orden de ese tipo sería ilegal al igual que una orden de asesinar a civiles inocentes.

        H

  13. heathcliff dice:

    Siendo una secesión un acto ilegal, permitirlo es igualmente ilegal.

    Y me permito expresar mis dudas en cuanto a lo que harían en la Unión Europea o la OTAN si se corta militarmente una secesión. El buenismo luce mucho en los discursos, pero en la práctica más de lo9s que creéis aplaudiría un escarmiento, útil para ellos, y encarne ajena.

    • francisco dice:

      España solo tendría que reformar la constitución para admitirlo y reconocer a Cataluña como estado.

      Con 2/3 del parlamento es legal casi todo.

      Yo les doy mi voto para que si se quieren ir se vayan, que aprovechen, esto no es una oferta eterna.

    • M. Alonso Sierra dice:

      «Siendo una secesión un acto ilegal, permitirlo es igualmente ilegal.»

      Basta tener unas nociones básicas de derecho (o incluso simplemente de sentido común) para saber que esa afirmación no se sostiene. Por lo demás, el argumento que expongo en este post es básicamente un lugar común entre los juristas, así que no comprendo muy bien cómo alguien puede discrepar con razonamientos de este tipo.

      • M. Alonso Sierra dice:

        Con «lugar común entre los juristas» me refiero a una postura común, claro.

        • heathcliff dice:

          El deber del ejecutivo es cumplir y hacer cumplir las leyes, o así lo entiendo yo.

          Nuestras leyes, actualmente, no permiten la secesión.

          Por ellos digo que siendo una secesión un acto ilegal, permitirlo es igualmente ilegal

          Quizás esté flojo en principios del Derecho, pero en lógica no creo que tanto…

          • M. Alonso Sierra dice:

            Como decía, un mínimo sentido común es suficiente para saber que la perseción de los delitos y las infracciones está siempre presidida por los principios de oportunidad y proporcionalidad. Eso significa que tolerar una infracción por un buen motivo no es ilegal. Es por lo que la policía nacional no entra a saco a desalojar manifestantes que han invadido ilegalmente la calzada de una calle, o por lo que un agente no dispara a un carterista que se le escapa a la carrera.

            Segundo, la Constitución otorga expresamente un margen de discrecionalidad al Gobierno en la defensa del Estado. Puede decidir cuál es la mejor forma de responder a un ataque contra la integridad territorial y ésta no tiene por qué ser la vía militar.

            Tercero, la Constitución no impone la intervención del Ejército en ningún supuesto, por lo que una ausencia de orden de intervenir no es una orden manifiestamente ilegal que pueda ser desobedecida.

  14. JLPC dice:

    Su envío, estimado sr. Alonso Sierra, es impecable desde el punto de vista jurídico material pero, ¡ay!, ¿acaso es la juridicidad el valor predominante cuando se trata de juzgar la entrada en acción de la «ultima ratio regum»?

    1) España, 1934. ¿Fue antijurídica la intervención del Ejército? No. ¿Qué progresista lector de este blog simpatiza con Gil Robles y Franco antes que con San Lluis Companys y San Inda? Uno o ninguno, quizás.

    2)España, 1868. ¿Fue antijurídica la intervención del Ejército? Sí. ¿Qué progresista lector de este blog simpatiza con Pavía e Isabel II antes que con Prim y Topete? Uno o ninguno, quizás.

    DIcho esto, quede claro que IMHO ni Oriol ni Artur tendrán que escapar por ninguna alcantarilla.

  15. Quevedin dice:

    Queridos Amigos. A riesgo de parecer fan de Pio Moa, desde luego la intervención en asturias la apoyó el gobierno central. Los mineros se cargaron la segunda biblioteca de España (tras el Escorial), una universidad tardorrenacentista maravillosa, el teatro Campoamor, las vidrieras de la Catedral y la Calle Uría. Oviedo sufrió mucho más en el 34 que en el 36. Por cierto, fue Lerroux, no Gil Robles, el que metió a Franco y los regulares de Marruecos.

    • Joshua dice:

      Lo apoyase quién lo apoyase, no es de recibo estableer comparación alguna con Asturias 1934, ya que se trata de dos cosas esencialmente distintas.
      Tampoco creo que puedan establecerse paralelismos con la situación de Cataluña 1934. Si todo lo que hemos aprendido desde entonces es lo que se infiere de algunos comentarios, entonces habría que aplicar el aforismo sobre los pueblos que olvidan su historia.
      Si todo lo que tenemos que decir en España sobre el progreso en la política y la democracia en el mundo durante la segunda mitad del siglo XX es que es «buenismo en los discursos», entonces es que algo muy gordo ha fallado en la transición, y mucha gente ha estado callando sus opiniones mientras se redactaban las nuevas leyes. Yo no aspiro a que todo lo conseguido (aparentemente en el papel más que en las conciencias) sea percibido como algo moral y jurídicamente superior: simplemente apelo a que cosideremos que es lo más sensato y lo mejor para el bienestar de la mayoría de la gente, que es lo que buscamos ¿no?.

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